Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.21


Artículo D.21

En todos los casos comprendidos por el Decreto Nº 3870 (Retorno por Mayor Valor Inmobiliario), se establece como Coeficiente de Ponderación: 0, quedando de este modo exonerado el pago.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3900 de 2012-09-11 Artículo 3