VOLUMEN IV
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO II
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN VII
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Para todos los casos será imprescindible la realización de los exámenes médicos correspondientes a la categoría solicitada pudiendo la Dirección de Servicios Médicos Municipales, convalidar la documentación presentada por el conductor de cualquier Entidad de la Salud (M.S.P., mutualista, municipal, etc.)
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 843/2001 de 2001-02-08 | Artículo 4 |