VOLUMEN IV
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO II
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN VII
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Para los ciudadanos extranjeros que presentan las licencias de otro país y que no tengan licencia internacional, podrán acogerse a este mismo criterio, debiendo quedar copia de su registro original como antecedente.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 843/2001 de 2001-02-08 | Artículo 3 |