Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.192


Artículo R.192

Llegadas tardes con aviso en el mismo día, con playa cubierta. Según atenuantes:

1) Justificadas.

  • Hasta 30 min. observación por escrito;
  • De 30 a 60 min. descuento de medio día, cubriendo el Guardavidas en falta la mitad de su jornada;
  • Más de 60 min. descuento del día, no registra horario.

2) No Justificadas.

  • Hasta 15 min. 1 día de suspensión, generando el descuento únicamente de ese día;
  • De 15 a 20 min. 2 días de suspensión, generando el descuento únicamente de esos dos días;
  • Más de 30 min a 1 hora, 3 días de suspensión, generando descuento únicamente de esos tres días;
  • De 1 a 3 horas, desencadenará en el análisis de la situación, pudiendo tener como máxima sanción: cese del contrato y como mínima sanción: 4 días de suspensión, generando el descuento únicamente de esos 4 días.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 4323/2006 de 2006-12-13 Artículo 1