Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.132


Artículo R.132

Al Tribunal de la Secretaría General le corresponderá calificar los funcionarios en comisión cuyo "Informe de Actuación" se produzca en los Organismos de destino. En consecuencia corresponderá a Secretaría General cursar las solicitudes respecto al desempeño de los funcionarios en comisión fuera de la Intendencia Municipal.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 3318/2007 de 2007-11-28 Artículo 4