Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.208


Artículo D.208

La Intendencia Municipal contribuirá al Seguro de Asistencia Médica integral del funcionario Municipal en un monto mensual equivalente al 75% (setenta y cinco por ciento) de la cuota de su afiliación a una Mutualista del Departamento.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3622 de 1990-09-21 Artículo 23