VOLUMEN III
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO VII
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SECCIÓN II
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En el certificado del médico tratante y en el informe del médico certificador se requerirá información acerca de si la enfermedad del funcionario lo inhabilita totalmente, o si no obstante ella está en condiciones de realizar alguna otra tarea útil.
En este caso se dispondrá su traslado a una Dirección en que pueda realizar tareas compatibles con la indicación médica.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 1735/2006 de 2006-04-28 | Artículo 1 |