Digesto Departamental

Artículo R.109

No obstante los cometidos básicos enunciados en esta resolución, la totalidad de los funcionarios y reparticiones municipales deberán encontrarse permanentemente en condiciones de recepcionar, estudiar y eventualmente transformar en acciones aprobadas por el Intendente, las necesidades, aspiraciones, inquietudes, iniciativas y propuestas particularmente de la población del Departamento y en general de organismos públicos y privados y personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeros.

Fuente Observaciones
Res.ID. 3216/2005 de 2005-07-07 Artículo 2

Artículo R.110

La asignación y traslado de personal requeridos por la vigencia de esta resolución, serán propuestos en reunión conjunta del Secretario General y Directores Generales, atendido a la similitud o igualdad de tareas que dicho personal venía cumpliendo hasta la fecha, a la obligación de atender las funciones contenidas en la presente resolución y a las necesidades generales de servicio que demandará la vigencia de la nueva organización.

Fuente Observaciones
Res.ID. 3216/2005 de 2005-07-07 Artículo 3

Artículo R.111

La adjudicación de útiles, mobiliario, equipos y materiales a las reparticiones creadas o transformadas por esta resolución, será dispuesta en reunión conjunta por el Secretario General y las Direcciones involucradas.

Fuente Observaciones
Res.ID. 3216/2005 de 2005-07-07 Artículo 4