VOLUMEN II
|
||
LIBRO I
|
||
PARTE
|
||
TÍTULO III
|
||
CAPÍTULO V
|
||
SECCIÓN II
|
Sección Contaduría
|
JEFE DE SECCIÓN CONTADURÍA.
1) Cometido principal del cargo.
Supervisar y controlar las registraciones contables, la tramitación de solicitudes de gastos y la liquidación de haberes, verificando el cumplimiento de las disposiciones legales y presupuestales vigentes en la materia.
2) Principales tareas del cargo.
- Controla el procesamiento contable y las imputaciones presupuestales, concilia las partidas y cuentas y dispone la realización de los ajustes que correspondan.
- Efectúa el control de activos, de pasivos y de los saldos de caja.
- Controla la liquidación de sueldos y beneficios sociales a los funcionarios.
- Controla la documentación que le remite Adquisiciones e imputa los gastos.
- Recopila la documentación y confecciona mensualmente listados de todos los ingresos y egresos efectuados, estableciendo los saldos respectivos para cada rubro.
- Verifica la coherencia entre las conciliaciones bancarias y los estados de cuenta bancarios mensuales.
- Controla las órdenes de pago, emite los cheques y registra la primera firma en los mismos.
- Realiza balancetes mensuales y, en colaboración con la Dirección Financiero-Contable, el cierre del ejercicio y la Rendición de Cuentas.
- Prepara y analiza informes financiero-contables.
- Subroga, sólo temporariamente, al Director Financiero-Contable en su ausencia.
- Realiza otras tareas afines de acuerdo a lo que le indica su superior jerárquico.
3) Requisitos del cargo.
Nivel de formación
El establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 3747.
Conocimientos especiales.
Conocimientos profundos de contabilidad.
Buenos conocimientos de planillas electrónicas y procesadores de texto.
Buenos conocimientos de las disposiciones legales y reglamentos internos que regulan el funcionamiento de la unidad.
Experiencia.
Se requiere un desempeño de más de tres años como Auxiliar Administrativo I, preferentemente en el área Contable o de dos años como Encargado de Sección.
Complejidad de la tarea.
Tareas estructuradas que implican la elección entre diferentes procedimientos preestablecidos.
Responsabilidad por errores o atrasos.
El atraso o el error originan pérdidas de tiempo, económicas y/o de prestigio, generalmente recuperables.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 | Artículo 2 |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE CONTADURÍA.
1) Cometido principal del cargo.
Efectuar el procesamiento contable y las imputaciones presupuestales de la liquidación de sueldos, gastos y arqueos de caja.
2) Principales tareas del cargo.
- Realiza el procesamiento contable y las imputaciones presupuestales, conciliando las partidas y cuentas.
- Realiza la liquidación de sueldos y beneficios sociales a los funcionarios.
- Colabora en la recopilación de documentación y en la confección de los listados de ingresos y egresos.
- Emite las órdenes de pago y prepara los cheques, cuando se le encomienda.
- Colabora en la ejecución de las conciliaciones bancarias.
- Colabora en la preparación de la información y en la ejecución de balancetes mensuales y del balance anual.
- Colabora en la preparación de informes financiero-contables.
- Efectúa las liquidaciones y prepara los formularios para el pago de los aportes al Banco de Previsión Social.
- Realiza otras tareas afines de acuerdo a lo que le indica su superior jerárquico.
3) Requisitos del cargo.
Nivel de formación.
El establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 3747.
Conocimientos especiales.
Buenos conocimientos de planillas electrónicas y procesadores de texto.
Buenos conocimientos de contabilidad básica.
Conocimientos de las disposiciones legales y reglamentos internos que regulan el funcionamiento de la unidad.
Experiencia.
Para el nivel de Auxiliar Administrativo I: tres años como Auxiliar Administrativo II, preferentemente en el área Contable.
Para el nivel de Auxiliar Administrativo II: tres años como Auxiliar Administrativo III, preferentemente en el área Contable.
Para el nivel de Auxiliar Administrativo III: no se requiere experiencia previa.
Complejidad de la tarea.
Tareas estructuradas que se realizan de acuerdo a procedimientos establecidos.
Responsabilidad por errores o atrasos.
El atraso o el error originan pérdidas de tiempo, económicas y/o de prestigio, generalmente recuperables.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 | Artículo 2 |