VOLUMEN II
|
||
LIBRO I
|
||
PARTE
|
||
TÍTULO III
|
||
CAPÍTULO III
|
||
SECCIÓN V
|
Sección Información Legislativa
|
JEFE DE SECCIÓN INFORMACIÓN LEGISLATIVA
1) Cometido principal del cargo.
Mantener actualizados el archivo legislativo -nacional y municipal- y administrar la Biblioteca de la Junta Departamental.
Brindar información legislativa respecto a la situación y vigencia de Leyes, Decretos y Resoluciones del Cuerpo, velando por el mantenimiento actualizado de la misma.
2) Principales tareas del cargo.
- Responde a las consultas de los Ediles y público en general sobre Leyes, Decretos. Resoluciones y cualquier otro antecedente vinculado con la gestión legislativa de la Junta Departamental.
- Supervisa la compilación informática de la legislación nacional y municipal, vigilando la actualización permanente del Digesto Municipal.
- Recopila y selecciona antecedentes para la actividad legislativa de las Comisiones y tos Plenarios de la Junta Departamental.
- Mantiene actualizado el registro de todos los asuntos considerados por la Junta Departamental.
- Mantiene actualizado el nomenclátor departamental.
- Supervisa la correcta administración de los materiales incorporados en la Biblioteca de la Junta Departamental y planifica la obtención de material bibliográfico multitemático.
- Coordina las guardias de los Auxiliares Administrativos a su cargo los días de sesiones de la Junta Departamental.
- Realiza otras tareas afines de acuerdo a Jo que le indica su superior jerárquico.
3) Requisitos del cargo.
Nivel de formación.
El establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 3747.
Conocimientos especiales.
Buenos conocimientos de procesadores de texto y de bases de datos.
Conocimientos de Bibliotecología y Archivología.
Experiencia.
Se requiere un desempeño de más de tres años como Auxiliar Administrativo I, preferentemente en el área de Información Legislativa, o de dos años como Encargado de Sección.
Complejidad de la tarea.
Tareas estructuradas que se realizan de acuerdo a procedimientos establecidos, salvo excepciones.
Responsabilidad por errores o atrasos.
El atraso o el error originan pérdidas de tiempo, económicas y/o de prestigio, generalmente recuperables.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 | Artículo 2 |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE INFORMACIÓN LEGISLATIVA
1) Cometido principal del cargo.
Dar respuesta a las consultas de los Legisladores respecto a los antecedentes legislativos disponibles en el área.
2) Principales tareas del cargo.
- Responde a las consultas de los Ediles y público en general sobre Leyes, Decretos. Resoluciones y cualquier otro antecedente vinculado con la gestión legislativa de la Junta Departamental.
- Analiza el Diario Oficial, clasifica y archiva el contenido de interés para el Organismo.
- Realiza la compilación de la legislación municipal, ingresando al computador la información respectiva.
- Gestiona la obtención de material bibliográfico relacionado con Leyes y Decretos nacionales y municipales, para incorporar en los antecedentes del área.
- Archiva las actas de la Junta Departamental.
- Mantiene actualizado el índice de la Biblioteca, numerando, ordenando e ingresando al computador todos los materiales incorporados a la misma.
- Administra la Biblioteca de la Junta Departamental, mantiene el ordenamiento de los materiales incorporados y registra los préstamos efectuados.
- Asesora sobre el material existente en la Biblioteca de la Junta.
- Realiza otras tareas afines de acuerdo a lo que le indica su superior jerárquico.
3. Requisitos del cargo.
Nivel de formación.
El establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 3747.
Conocimientos especiales.
Buenos conocimientos de procesadores de texto y de bases de datos.
Experiencia.
Para el nivel de Auxiliar Administrativo I: tres años como Auxiliar Administrativo II, preferentemente en el área de Información Legislativa.
Para el nivel de Auxiliar Administrativo II: tres años como Auxiliar Administrativo III, preferentemente en el área de Información Legislativa.
Para el nivel de Auxiliar Administrativo III: no se requiere experiencia previa.
Complejidad de la tarea.
Tareas estructuradas que se realizan de acuerdo a procedimientos establecidos.
Responsabilidad por errores o atrasos.
El atraso o el error originan pérdidas de tiempo, económicas y/o de prestigio, generalmente recuperables.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 | Artículo 2 |