VOLUMEN II
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO III
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN I
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Secretario General
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Cometido principal del Cargo.
Asistir a la Junta Departamental y a su Presidencia en los aspectos Legislativos y administrativos de su labor que posibiliten el adecuado funcionamiento de los órganos, coordinando para ello la labor de las Direcciones Legislativa, Financiero - Contable y Administrativa.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 | Artículo 2 |
Principales tareas del cargo.
- Atiende el cumplimiento de las obligaciones establecidas para su cargo en el Reglamento de la Junta Departamental.
- Convoca y asiste a las sesiones de la Junta Departamental, sean éstas de cualquier carácter, actuando como Secretario General y como apoyo permanente de la Presidencia del Cuerpo.
- Asesora a la Junta Departamental y a la Presidencia, cuando se le solicita, sobre la aplicación de normas Constitucionales, legales y reglamentarias relacionadas con el Gobierno Departamental.
- Atiende las solicitudes y planteos de los Ediles y Secretarios de Bancada y les informa acerca de la situación actual y evolución de los proyectos que se encuentran en la órbita de la Junta Departamental.
- Redacta proyectos de Decretos o Resoluciones que recaerán en los expedientes que pasan a consideración del Plenario.
- Controla la nómina de Ediles inscriptos para hacer uso de la palabra en la media hora previa de la sesión y supervisa la confección del listado de asuntos a ser tratados por la Junta Departamental
- Redacta y comunica resoluciones, instrucciones y solicitudes del Presidente de la Junta.
- Contesta gestiones y solicitudes de otras Juntas Departamentales y Organismos Públicos.
- Realiza otras tareas afines de acuerdo a lo que le indica su superior jerárquico.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 | Artículo 2 |
Requisitos del cargo.
Nivel de formación.
El establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 3747.
Conocimientos especiales.
Conocimientos profundos de la Constitución de la República, leyes vinculadas y de las reglamentaciones internas de la Junta Departamental.
Conocimientos básicos de procesadores de texto.
Experiencia.
Se requiere experiencia previa Mayor a tres años de trabajo como Director de Dirección.
Debe poseer un dominio absoluto del funcionamiento y organización de la Junta Departamental.
Complejidad de la tarea.
Tareas estructuradas alternadas con tareas no estructuradas que implican la toma de decisiones no previstas en los procedimientos.
Responsabilidad por errores o atrasos.
El atraso o el error originan pérdidas de tiempo, económicas y/o de prestigio difícilmente recuperables.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 | Artículo 2 |