Digesto Departamental

SECCIÓN I Secretario General
Artículo D.7

Cometido principal del Cargo.

Asistir a la Junta Departamental y a su Presidencia en los aspectos Legislativos y administrativos de su labor que posibiliten el adecuado funcionamiento de los órganos, coordinando para ello la labor de las Direcciones Legislativa, Financiero - Contable y Administrativa.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 Artículo 2

Artículo D.8

Principales tareas del cargo.

- Atiende el cumplimiento de las obligaciones establecidas para su cargo en el Reglamento de la Junta Departamental.

- Convoca y asiste a las sesiones de la Junta Departamental, sean éstas de cualquier carácter, actuando como Secretario General y como apoyo permanente de la Presidencia del Cuerpo.

- Asesora a la Junta Departamental y a la Presidencia, cuando se le solicita, sobre la aplicación de normas Constitucionales, legales y reglamentarias relacionadas con el Gobierno Departamental.

- Atiende las solicitudes y planteos de los Ediles y Secretarios de Bancada y les informa acerca de la situación actual y evolución de los proyectos que se encuentran en la órbita de la Junta Departamental.

- Redacta proyectos de Decretos o Resoluciones que recaerán en los expedientes que pasan a consideración del Plenario.

- Controla la nómina de Ediles inscriptos para hacer uso de la palabra en la media hora previa de la sesión y supervisa la confección del listado de asuntos a ser tratados por la Junta Departamental

- Redacta y comunica resoluciones, instrucciones y solicitudes del Presidente de la Junta.

- Contesta gestiones y solicitudes de otras Juntas Departamentales y Organismos Públicos.

- Realiza otras tareas afines de acuerdo a lo que le indica su superior jerárquico.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 Artículo 2

Artículo D.9

Requisitos del cargo.

Nivel de formación.

El establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 3747.

Conocimientos especiales.

Conocimientos profundos de la Constitución de la República, leyes vinculadas y de las reglamentaciones internas de la Junta Departamental.

Conocimientos básicos de procesadores de texto.

Experiencia.

Se requiere experiencia previa Mayor a tres años de trabajo como Director de Dirección.

Debe poseer un dominio absoluto del funcionamiento y organización de la Junta Departamental.

Complejidad de la tarea.

Tareas estructuradas alternadas con tareas no estructuradas que implican la toma de decisiones no previstas en los procedimientos.

Responsabilidad por errores o atrasos.

El atraso o el error originan pérdidas de tiempo, económicas y/o de prestigio difícilmente recuperables.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 Artículo 2

SECCIÓN II Secretaría Administrativa de la Presidencia
Artículo D.10

ENCARGADO DE SECCIÓN SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA

1) Cometido principal del Cargo.

Asistir a la Presidencia, Secretaría Política de la Presidencia y Secretaría General en aspectos administrativos para apoyar el funcionamiento del Cuerpo.

 

2) Principales tareas del Cargo.

- Atiende la organización de las sesiones de la Junta Departamental, realizando las citaciones y la preparación de pliegos de asuntos a tratar y asiste al Presidente y Secretario General durante las mismas.

- Comunica a quien se le indique las instrucciones recibidas del Presidente o Secretario General de la Junta.

- Dactilografía la nómina de inscriptos para la media hora previa, el orden del día, el listado de asuntos entrados, resoluciones y decretos proyectados o aprobados.

- Entrega a las Bancadas la documentación dispuesta por la Presidencia y Secretaría General.

- Recopila de los distintos servicios la información solicitada por organismos externos y redacta las correspondientes notas de respuesta.

- Lleva la agenda de las autoridades de la Mesa de la Junta Departamental.

- Dactilografía notas y documentos en general y realiza gestiones administrativas vinculadas con asuntos de la Mesa de la Junta Departamental.

- Recibe consultas y/o pedidos a través del teléfono.

- Realiza otras tareas afines de acuerdo a lo que le indica su superior jerarárquico.

 

3) Requisitos del cargo.

Nivel de Formación.

El establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 3747.

Conocimientos especiales.

Buenos conocimientos de las reglamentaciones internas de la Junta departamental.

Buenos conocimientos de procesadores de texto.

Experiencia.

Dos años de Auxiliar Administrativo I, preferentemente en tareas de secretaría.

Complejidad  de la tarea.

Tareas estructuradas que implican la elección entre diferentes procedimientos preestablecidos.

Responsabilidad por errores o atrasos.

El atraso o el error originan pérdidas de tiempo, económicas y/o de prestigio, generalmente recuperables.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 Artículo 2