Digesto Departamental

Artículo R.180

El no cumplimiento en tiempo y forma, detallado en el Art. R.178, de los trabajos de reposición, o fallas detectadas en los mismos, o la ejecución de cortes sin autorización previa por parte de la Intendencia, determinará la suspensión automática de los permisos de ejecución de cortes que hubieran sido autorizados con esa empresa, así como la autorización de nuevos cortes, independientemente de las multas a aplicar que deriven de esta contravención.

Una vez notificada la empresa por parte de la Intendencia sobre la suspensión de los permisos de cortes, dispondrá de un máximo de 48 horas a los efectos de regularizar la situación. Cumplido este plazo se aplicarán las multas previstas en el Art. R.172.

Independientemente de las multas aplicadas, si la IMM lo considera necesario, podrá ejecutar los trabajos de reposición que no hubieran sido atendidos en tiempo y forma, trabajos que deberán ser abonados por la Empresa omisa. Los trabajos serán cotizados a los valores del cuadro adjunto.

En tanto la Empresa que solicitó el corte no haga efectivo el pago mencionado, quedará inhabilitada de efectuar cualquier tipo de trabajo en el área Municipal.

TIPO DE PAVIMENTO

PRECIO POR METRO CUADRADO

HORMIGÓN

68 U$S/m2

TRATAMIENTO BITUMINOSO

49 U$S/m2

CARPETA ASFÁLTICA (e= 6 cm a 10 cm)

70 U$S/m2

CARPETA ASFÁLTICA (e= 10 cm a 12 cm)

100 U$S/m2

TOSCA

35 U$S7/m2

CÉSPED Y BASE

10 U$S/m2

ÁRBOLES Y ARBUSTOS

SEGÚN ORDENANZAS VIGENTES

 

Los precios se expresan en dólares americanos

Reposición total de la faja de pavimento

Cuando por la operativa en la ejecución de los trabajos se constate que el daño a los pavimentos excede la zona de zanjeado, la IMM, podrá exigir la restitución total o parcial de los pavimentos de modo de asegurar la misma situación original que permita a la IMM, mantener el patrimonio vial.

Fuente Observaciones
Res.ID. 4042/2001 de 2001-10-25 Artículo 12