Digesto Departamental

Artículo R.177

En todos los casos, un técnico de la Unidad de Obras y Talleres oficiará como Director de Obra en el control de estas tareas, el que tendrá todas las potestades que este cargo le adjudica y la autoridad para ordenar rehacer aquellos trabajos de reposición que a su juicio son inadecuados, hacer sustituir los materiales que no sean de la calidad adecuada para garantizar la buena conservación del pavimento, veredas, espacios verdes, etc.

En el caso de los espacios verdes el Técnico responsable será asesorado por un Ingeniero Agrónomo de Parques y Jardines.

La empresa autorizada deberá designar un representante técnico, responsable ante la Intendencia, además de indicar un número telefónico o celular  y un número de Fax habilitado durante 24hrs. al día, para recibir comunicaciones.

Fuente Observaciones
Res.ID. 4042/2001 de 2001-10-25 Artículo 9