Digesto Departamental

Artículo R.325

A partir de la fecha de la presente resolución, a los funcionarios que ocupan en la actualidad la clase de cargos 04A (Escalafón Administrativo) y 04I (Escalafón Inspectivo) serán promovidos a la clase de cargos 07A (Escalafón Administrativo) y 07I (Escalafón Inspectivo) en las condiciones definidas en el Artículo 3º de la Resolución 00472/2013 y Literal c) del Artículo 88º del Decreto 3881/2011, siempre que los mismos hayan cumplido y aprobado con el componente de prueba de aptitud para el cargo realizado durante los años 2007 y 2008.

Fuente Observaciones
Res.ID. 2933/2013 de 2013-03-24 Artículo 1

Artículo R.326

Los funcionarios presupuestados que sean promovidos en aplicación del Artículo R.325, percibirán el exceso de remuneración que signifique dicha promoción por la vía de compensación por tarea diferente al cargo cuyo pago estará supeditado al cumplimiento de los requisitos para el acceso a la clase de cargos promovida que establece el Decreto 3881/2011, los que serán exigidos por la Administración durante el año 2013.

Fuente Observaciones
Res.ID. 2933/2013 de 2013-03-24 Artículo 2

Artículo R.327

Los funcionarios contratados que sean promovidos en aplicación del Artículo R.325, serán recontratados en la clase de cargos definida. Dicha recontratación se mantendrá mientras el funcionario cumpla los requisitos para el acceso a la clase de cargos que se lo promueve establecidos en Decreto 3881/2011, los que serán exigidos por la Administración durante el año 2013.

Fuente Observaciones
Res.ID. 2933/2013 de 2013-03-24 Artículo 3