Digesto Departamental

Artículo R.103

Toda gestión para el cobro de viáticos, amén de encuadrarse en las especificaciones detalladas precedentemente deberá tener en cuenta los siguientes límites territoriales a los efectos de su otorgamiento:

Para los funcionarios cuyo lugar de tareas habitual sea la Ciudad de Maldonado, por ruta Interbalnearia, Arroyo El Potrero; camino vecinal Los Ceibos y camino Lavagna: por ruta 39, puente sobre Arroyo Maldonado y por Ruta 10 puente La Barra.

Para los funcionarios de los Municipios, Unidades Coordinadores de Obras, Servicios y Políticas Sociales y Equipos Viales se considerarán las salidas fuera de un radio superior a 15 (quince) kilómetros contados desde la sede o base de cada uno de ellos.

Fuente Observaciones
Res.ID. 8018/2010 de 2010-11-11 Artículo 1