VOLUMEN III
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO XVI
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SECCIÓN II
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Primas por Tareas de Carácter Inspectivo
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Todo funcionario municipal que realice tareas de carácter inspectivo en el control del cumplimiento de los Decretos, Ordenanzas, Reglamentos y Disposiciones de carácter administrativo, percibirán una compensación proporcional a las multas que aplique por infracciones debidamente comprobadas:
25% sobre infracciones y contravenciones en general.
50% sobre defraudación tributaria.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3622 de 1990-09-21 | Artículo 162 |
A) La Intendencia podrá otorgar a los funcionarios en actividad afectados a tareas inspectivas y que revistan en el Escalafón Inspectivo, el equivalente al 20% del importe de las multas efectivamente cobradas y que fueren aplicadas por dichos funcionarios con motivo de infracciones a los Decretos Departamentales vigentes.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 04036/2021 de 2021-07-15 | Artículo 24 |
Los funcionarios pertenecientes al escalafón Inspectivo que realicen tareas en los puestos de control de Tasa Bromatológica del Departamento, percibirán una compensación del 3% de los ingresos del rubro efectivamente cobrado que se distribuirán a prorrata en función de los días efectivamente trabajados.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3947/2016 de 2016-07-12 | Artículo 50 |