VOLUMEN II
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LIBRO IV
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PARTE
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TÍTULO III
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CAP. ÚNICO
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SECCIÓN II
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Res. Nº 04155/2020 de 28/07/2020
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Amplíase el numeral 1) de la Resolución Nº 03751/2019, incluyendo en el mismo los tributosdepartamentales, precios y otros ingresos adeudados, respecto de los cuales se haya agotado lagestión extrajudicial de cobro de los mismos al 25 de noviembre de 2020, salvo las exclusiones que la Intendencia expresamente comunique.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 04155/2020 de 2020-07-28 | Artículo 1 |
Dispónese que se entenderá agotada la gestión extrajudical al 25 de noviembre de 2020, en aquellos casos que se verifique que la Intendencia encomendó dicha gestión, Posadas, Posadas y Vecino Sociedad Civil comunicó mediante carta cumplimiento de protocolo su agotamiento y la Intendencia aprobó la misma.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 04155/2020 de 2020-07-28 | Artículo 2 |
Establécese que son aplicables los numerales 2) y 3) de la Resolución Nº 03751/2019.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 04155/2020 de 2020-07-28 | Artículo 3 |