Digesto Departamental

Artículo R.161

Suprímese la Pro Secretaría General como Dirección General, integrándose en el nivel de Dirección al ámbito de la Secretaría General.

Fuente Observaciones
Res.ID. 00725/2020 de 2020-01-31 Artículo 1

Artículo R.162

Establécese que la Dirección referida en el numeral 1º será desempeñada por la funcionaria presupuestada de mayor grado de la Pro Secretaría General, manteniendo su actual retribución.

Fuente Observaciones
Res.ID. 00725/2020 de 2020-01-31 Artículo 12