Digesto Departamental

Artículo R.137

Delégase en la Directora General de Urbanismo las atribuciones del Sr. Intendente para Resoluciones de trámites regulares de construcciones edilicias, instalaciones sanitarias y afines, trámites regulares de fraccionamientos, reparcelamiento de tierras y división de padrones en propiedad horizontal.

Fuente Observaciones
Res.ID. 05365/2015 de 2015-07-15 Artículo 1

Artículo R.138

Autorízase a la Directora General de Urbanismo la subdelegación en la Subdirectora General de Urbanismo, para resolver trámites regulares de construcciones edilicias, instalaciones sanitarias y afines, de cuya área construida no se superen los cinco mil metros cuadrados.

Fuente Observaciones
Res.ID. 05365/2015 de 2015-07-15 Artículo 2

Artículo R.139

Autorízase a la Directora General de Urbanismo la subdelegación en el Director de Control Edilicio, para resolver trámites regulares de construcciones edilicias, instalaciones sanitarias y afines de construcciones de hasta dos plantas, de cuya área construida no se superen los trescientos metros cuadrados.

Fuente Observaciones
Res.ID. 05365/2015 de 2015-07-15 Artículo 3

Artículo R.140

Autorízase a la Directora General de Urbanismo la subdelegación en el Director de Agrimensura y Catastro, para resolver trámites regulares de fraccionamientos, reparcelamiento de tierras que no incluyan apertura de calles e involucren la creación de hasta cuatro lotes, y división de padrones en propiedad horizontal.

Fuente Observaciones
Res.ID. 05365/2015 de 2015-07-15 Artículo 4

Artículo R.141

Los técnicos y profesionales que revistan en la Intendencia de Maldonado y que deban, por su profesión, tramitar asuntos propios o de terceros ante dependencias de la Intendencia, no podrán intervenir en ellos por razón de su cargo.
Las Resoluciones de tales casos, si corresponde aprobación, deberán ser adoptadas por personal jerárquico superior al funcionario vinculado a la gestión.

Fuente Observaciones
Res.ID. 05365/2015 de 2015-07-15 Artículo 5

Artículo R.142

Derógase toda Resolución que se oponga a la presente.

Fuente Observaciones
Res.ID. 05365/2015 de 2015-07-15 Artículo 6