Digesto Departamental

Artículo R.393

Créase una Comisión Coordinadora Departamental de Salud integrada por representantes de la Intendencia Municipal de Maldonado, del Ministerio de Salud Pública y de las Mutualistas Privadas del Departamento de Maldonado.

Fuente Observaciones
Res.ID. 4191/2000 de 2000-12-06 Artículo 1

Artículo R.394

Su cometido será el establecer lineamientos, planes y coordinación de los servicios de Salud en el Departamento, racionalizando el empleo de los medios, de manera de optimizar la prestación de los servicios, tanto en la prevención como en la atención de la salud de la población.

Fuente Observaciones
Res.ID. 4191/2000 de 2000-12-06 Artículo 2