Digesto Departamental

SECC. ÚNICA Competencias
Artículo R.152

Créase un Registro Unico de Cooperativas Sociales y Monotributos Sociales MIDES en el ámbito de la Unidad Asesora de Políticas Sociales.

Fuente Observaciones
Res.ID. 00910/2017 de 2017-02-06 Artículo 1

Artículo R.153

Los objetivos de dicho Registro serán los expresados en los Considerandos II a V del presente acto administrativo

"II- que dicho Registro " permitirá realizar una evaluación y monitoreo permanente, donde se recoja todas las propuestas e inquietudes de los potenciales beneficiarios para su posterior adecuación, por la diversidad de situaciones en que se encuentra la población beneficiaria. Esta dimensión de seguimiento facilitará como objetivo fundamental la promoción de oportunidades de desarrollo e inclusión social y económica de personas (y grupos de personas) en situación de vulnerabilidad socio económica mediante las diversas necesidades de formación, capacitación, formalización y aprendizaje permanente sobre la gestión de cada uno de los emprendimientos en el marco de una Política de Estado";


III- que " los datos incorporados en el mencionado registro proporcionarán a las máximas jerarquías de la IDM instrumentos comparativos y evaluativos respecto a la pertinencia en la gestión departamental de estas modalidades laborales de economía social en referencia a otras modalidades (empresas, contratos de función pública, puestos tercerizados con organizaciones sociales, etc.)";


IV- que en dicho Registro deberá constar toda información relevante sobre la ejecución de los contratos suscritos con la Administración, además de constar los antecedentes de eventuales incumplimientos de estos;"

V- que se deberá efectuar de manera permanente la sistematización, organización y consolidación de los datos suministrados por las personas inscritas, así como el seguimiento y control de los contratos suscritos con la Administración;"

Fuente Observaciones
Res.ID. 00910/2017 de 2017-02-06 Artículo 2

Artículo R.154

Las Cooperativas Sociales y Monotributos Sociales MIDES mencionadas en el numeral 1 de la presente Resolución, deberán presentar el original del documento que acredite su condición de tal, o un testimonio notarial del mismo para su exhibición y control, una copia para su incorporación al Registro y toda otra documentación que requiera la Unidad Asesora de Políticas Sociales.

Fuente Observaciones
Res.ID. 00910/2017 de 2017-02-06 Artículo 3

Artículo R.155

La inscripción en el Registro Único deberá ser debidamente actualizada por los interesados por períodos anuales.

Fuente Observaciones
Res.ID. 00910/2017 de 2017-02-06 Artículo 4

Artículo R.156

La inscripción en el referido Registro Único será requisito indispensable para toda contratación que realice la Administración Departamental con Cooperativas Sociales y Monotributos Sociales MIDES. El hecho de la inscripción no generará ninguna obligación de contratación.

Fuente Observaciones
Res.ID. 00910/2017 de 2017-02-06 Artículo 5

Artículo R.157

Encomiéndase a la Unidad Asesora de Políticas Sociales la instrumentación de lo dispuesto en el presente acto administrativo en coordinación con la Sub Dirección General de Asesoría Notarial.

Fuente Observaciones
Res.ID. 00910/2017 de 2017-02-06 Artículo 6