VOLUMEN X
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LIBRO ÚNICO
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PARTE
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TÍTULO IV
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CAP. ÚNICO
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Tasa de Contralor Bromatológico
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SECC. ÚNICA | Procedimiento-Valores-Registros |
Establécese que la Tasa de Contralor Bromatológico se regirá por el siguiente procedimiento:
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 1747/2008 de 2008-02-22 | Artículo 1 |
Dispónese que las cuponeras relativas al pago de la Tasa Bromatológica no tienen fecha de caducidad, pudiendo los contribuyentes adquirir simultáneamente más de una cuponera.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 00058/2018 de 2018-01-03 | Artículo 4 |
Los contribuyentes que tengan establecimiento comercial instalado en el Departamento de Maldonado con habilitación higiénica vigente e ingresen la mercadería en vehículos empadronados en el mismo, podrán acceder al beneficio de pago a través de la adquisición de cuponeras de hasta 10 (diez) viajes, de acuerdo al siguiente detalle:
a - camionetas de hasta 2.000 kilogramos, cuponeras por 10 controles, exámenes y/o inspecciones por $ 5.315,oo;
b - camionetas de hasta 5.000 kilogramos y camiones de hasta 12.000 kilogramos de capacidad de carga efectiva, según libreta de identificación del vehículo expedida por la Intendencia de Maldonado o el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, cuponeras por 10 (diez) controles, exámenes y/o inspecciones por $ 8.504,oo;
c - camiones eje sencillo y eje doble mayores de 12.000 kilogramos de capacidad de carga efectiva, según libreta de identificación del vehículo expedida por la Intendencia de Maldonado o el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, cuponeras por 10 (diez) controles, exámenes y/o inspecciones por $ 17.008,oo;
d - camiones con zorra y camiones semi-remolque, cuponeras por 10 (diez) controles, exámenes y/o inspecciones por $ 31.890,oo.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 00058/2018 de 2018-01-03 | Artículo 3 |
El registro a que hace referencia el numeral 2) será llevado por la División Higiene y/o por la Junta Local correspondiente, la cual ingresará, mediante formulario (que creará la Unidad de Auditoría Interna y Control de Gestión), las empresas que cumplan todos los siguientes requisitos: que certifiquen la radicación en el Departamento de Maldonado, que demuestren ser integrantes de alguna cámara empresarial del Departamento de Maldonado, tengan mano de obra contratada en el Departamento de Maldonado, utilicen transporte matriculado en el Departamento de Maldonado, posean depósito habilitado en el Departamento de Maldonado con Tasa de Contralor de Habilitación Higiénica al día.
A efectos de corroborar tales extremos las empresas deberán presentar originales y copias de la planilla de trabajo del MTSS, recibo de pago de cuota o nota de la gremial que justifique la calidad de socio de la misma, original y copia de libretas de propiedad de los vehículos a utilizar, y último recibo de pago de la Tasa de Contralor de Habilitación Higiénica o en su defecto número de correlativo, para su rápida visualización. Una vez corroborados todos los puntos referidos registrará en forma inmediata a la empresa beneficiaria del pago mensual de la Tasa de Contralor Bromatológico.
Las empresas deberán realizar la reinscripción en dicho Registro todos los años durante el mes de Noviembre.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 1747/2008 de 2008-02-22 | Artículo 4 |
Déjese sin efecto toda autorización, reglamentación y/o resolución que se oponga a la presente.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 1747/2008 de 2008-02-22 | Artículo 5 |