Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.36


Artículo R.36

Dispónese que las cuponeras relativas al pago de la Tasa Bromatológica no tienen fecha de caducidad, pudiendo los contribuyentes adquirir simultáneamente más de una cuponera.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 00058/2018 de 2018-01-03 Artículo 4