Digesto Departamental

SECC. ÚNICA
Artículo R.170

Al llegar a nivel de subrasante se reconstruirá el paquete estructural del pavimento del siguiente modo. El material granular a emplear cumplirá las condiciones de la sección IV del Pliego de Condiciones de la Dirección de Vialidad de MTOP para la construcción de Carreteras. Tendrá un CBR" 80% y una expansión menor o igual al 0,5% (medio por ciento) para una sobrecarga de 4.500 grs. (cuatro mil quinientos gramos) así como también LL-25, IP-6 y una curva granulométrica comprendida entre los límites indicados en el cuadro siguiente, sin perjuicio de que los técnicos municipales puedan aceptar otras curvas granulométricas no comprendidas en esa gradación.

Tamices           % que pasa

1"1/4                       100

3/8                          55-90

4                             40-75

10                           25-60

40                           10-35

200                          5-20

La compactación de este material debiéndose llegar al 98% del PUSM compactado en todo su espesor.

Los espesores a reponer en el caso de pavimentos asfálticos, serán como mínimo iguales a los espesores existentes antes de la remoción del mismo.

En el caso de pavimentos de hormigón, se complementará la reposición del material granular con una capa de tosca cemento de quince centímetros de espesor que irá en el nivel inmediatamente inferior a la losa.

Fuente Observaciones
Res.ID. 4042/2001 de 2001-10-25 Artículo 5