Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.20


Artículo R.20

El incumplimiento de esta Resolución dará lugar a que por medio de la Dirección de Personal se proceda al descuento correspondiente de los haberes a cobrar, en relación a las horas que se permanezca fuera de la Intendencia sin justificación.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 2836/1992 de 1992-07-22 Artículo 3