VOLUMEN X
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LIBRO ÚNICO
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PARTE
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TÍTULO III
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CAPÍTULO III
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SECCIÓN III
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Si se comprobaren declaraciones juradas falsas, caducará el beneficio de pleno derecho, haciéndose pasible el infractor de una multa de 10 veces superior al monto de la exoneración, sin perjuicio de la acción penal correspondiente.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3413/1980 de 1980-05-02 | Artículo 8 |