Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.230


Artículo D.230

Otórgase una partida extraordinaria a los funcionarios presupuestados, contratados y contratados permanentes, por única vez, el 1º de julio de 2023, la que no se incorporará al sueldo básico ni a otras retribuciones, en las siguientes condiciones y montos:

A) Grados 2 al 5: $ 600 (pesos uruguayos seiscientos);

B) Grados 6 al 10: $ 500 (pesos uruguayos quinientos);

C) Grados 11 al 13: $ 400 (pesos uruguayos cuatrocientos).

Los valores se ajustarán por la variación del Índice de Precios al Consumo (I.P.C.) ocurrida entre el 1º de enero de 2021 y el 30 de junio de 2023.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 04036/2021 de 2021-07-15 Artículo 18