VOLUMEN XII
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO II
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CAP. ÚNICO
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SECC. ÚNICA
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En el marco de las circunstancias generales y excepcionales, originadas por la Ley Nº 19.875, establécese que las operaciones financieras y contratos que se realicen al amparo de las líneas de créditos antes referidas, contarán con el respaldo de los ingresos económicos del primer semestre del Ejercicio 2021.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 04031/2020 de 2020-11-26 | Artículo 2 |