Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.12


Artículo D.12

Autorízase al Ejecutivo Departamental a llevar adelante las gestiones, los actos, los contratos y las operaciones financieras tendientes a asegurar la sostenibilidad y continuidad de las líneas de créditos aprobadas por las siguientes Resoluciones de la Junta Departamental: 144/2015 y sus complementarias 53/2016; 328/2016 y 374/2018.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 04031/2020 de 2020-11-26 Artículo 1