VOLUMEN VIII
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LIBRO III
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PARTE
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TÍTULO I
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CAP. ÚNICO
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SECC. ÚNICA
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En caso de ser necesarias intervenciones de cualquier tipo en el Anillo I, entorno y núcleo central, deberá procederse a consultar al a Comisión Departamental de Patrimonio, quien asesorará y coordinará con los interesados las acciones a desarrollar, tendientes a la preservación de este emblemático bien.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 04101/2011 de 2011-06-06 | Artículo 3 |