VOLUMEN VIII
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LIBRO III
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PARTE
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TÍTULO I
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CAP. ÚNICO
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SECC. ÚNICA
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Exclúyase expresamente de la declaración y del Grado de Protección 1 a las unidades habitacionales, las que podrán proceder a las mejoras que sean necesarias en su interior, respetando la integridad física del bien, así como la composición y materialidad de su superficie de fachada.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 04101/2011 de 2011-06-06 | Artículo 2 |