Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.386


Artículo D.386

La Intendencia Departamental de Maldonado reglamentará multas, remediaciones y/o compensaciones a propietarios de predios en los que se constaten afectaciones a la salud humana y ecosistemas.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 03933/2015 de 2015-04-07 Artículo 25