Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.320


Artículo D.320

Redes de abastecimiento de agua potable. El abastecimiento de agua potable a los fraccionamientos se realizará según plano L11, Folio 40 del E.E. Nº 2014-88-01-02612; previéndose que OSE realice perforaciones para extracción de aguas dentro de los padrones del PAI. La red será dimensionada de forma que cada lote de la urbanización cuente con una presión de servicio en un rango de 1.50 y 4.00 kg/cm2. De esta forma se garantiza un adecuado suministro para usos domésticos. La red será de tipo ramificada cubriendo la totalidad de los frentes de los lotes del emprendimiento. En los puntos terminales se ubicarán hidrantes. Las características técnicas y constructivas serán las que determine el organismo competente.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 03972/2017 de 2017-09-06 Artículo 10