Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.60


Artículo R.60

Cometése a la Dirección General de Hacienda en coordinación con la Dirección de Cómputos,  la redacción del texto del convenio a suscribirse con los deudores que se amparen al plan especial de facilidades de pago que se reglamenta y su instrumentación.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 06278/2016 de 2016-09-08 Artículo 9