VOLUMEN III
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO XXXI
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SECC. ÚNICA
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La Dirección de Recursos Humanos acreditará la causal jubilatoria y la Dirección General de Administración y Recursos Humanos informará sobre la conveniencia, elevando las actuaciones para el dictado del acto administrativo correspondiente.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 05486/2016 de 2016-08-09 | Artículo 21 |