Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.360


Artículo R.360

Encomiéndase a la Dirección General de Hacienda el control de las multas efectivamente cobradas y la liquidación de los montos a percibir por los funcionarios.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 05486/2016 de 2016-08-09 Artículo 8