VOLUMEN X
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LIBRO ÚNICO
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PARTE
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TÍTULO XIV
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CAPÍTULO I
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SECC. ÚNICA
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Dispónese que para las obligaciones generadas durante el Ejercicio 2016, los beneficios establecidos en el Sistema de Contrapartidas y/o Sistema de Exoneración por Inversiones se podrán incrementar por el Ejecutivo Departamental hasta en un 5% en total. Este régimen no aplicará para los Hoteles categoría 5 estrellas con casino.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 03952/2016 de 2016-08-23 | Artículo 12 |