VOLUMEN II
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LIBRO V
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN X
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Las solicitudes que versen sobre temas propios del Municipio, deberán ser contestadas por el Alcalde dentro de los 20 (veinte) días corridos siguientes a la Sesión Ordinaria en la cual se comunicó la recepción de la solicitud, estando habilitado a pedir al Cuerpo una prórroga, por razones fundadas, de 10 (diez) días corridos por única vez.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 03959/2016 de 2016-12-13 | Artículo 20 |