VOLUMEN II
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LIBRO V
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN IX
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Los Municipios podrán elaborar anteproyectos de decretos y resoluciones, los que serán propuestos al Intendente para su consideración a los efectos de que, si correspondiera, ejerza su iniciativa ante la Junta Departamental.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 03959/2016 de 2016-12-13 | Artículo 18 |