VOLUMEN II
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LIBRO IV
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PARTE
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TÍTULO I
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CAP. ÚNICO
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SECC. ÚNICA
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A efectos de la correcta aplicación de las normas de este Reglamento y de toda disposición sobre procedimiento administrativo, se deberá establecer un servicio de información sobre los fines, competencia y funcionamiento de los distintos servicios, localización de dependencias, horarios de oficina, trámites y documentación que exijan los diferentes tipos de expedientes, formas de gestión, divulgación de las actividades del organismo y, en general, cuantos medios sirvan de ilustración a quienes hayan de relacionarse con él.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 908/1992 de 1992-02-12 | Artículo 1 |