Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.336


Artículo R.336

A efectos de garantir el secreto de la investigación, el instructor podrá dirigirse directamente a los distintos servicios Municipales recabando los datos e información necesarios a su labor .Las diligencias solicitadas por el instructor revestirán carácter urgente y tendrán preferencia especial en el trámite.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 908/1992 de 1992-02-12 Artículo 1