VOLUMEN II
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO II
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN VII
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En caso de corresponder, además de la acción en el Sistema Documental, cuando los Expedientes electrónicos consten de un volumen físico de documentación, la misma se pondrá a recaudo del Municipio con jurisdicción en el Expediente respectivo; para el caso de las jurisdicciones de Maldonado y Punta del Este se utilizará a tales efectos el Archivo General de la División de Administración Documental.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 1304/2012 de 2012-02-13 | Artículo 2 |