VOLUMEN II
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO II
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CAPÍTULO IV
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SECCIÓN V
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Disposición transitoria. Las bases de todo llamado a licitación y las cláusulas de los contratos que se realicen al amparo del régimen previsto por la ley 17.555, Arts.19 y 20, que por el presente decreto se reglamenta, que hubieren sido elaboradas por la Intendencia Municipal de Maldonado, deberán contar con la anuencia de la Junta Departamental de Maldonado.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3827 de 2007-06-26 | Artículo 20 |