VOLUMEN II
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO II
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CAPÍTULO IV
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SECCIÓN V
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Exoneración de responsabilidades. El Gobierno Departamental no incurrirá en responsabilidad si decidiera no recibir más propuestas, dejar sin efecto llamados o el procedimiento competitivo posterior, rechazar todas las propuestas o declarar desierto el llamado, en cualquier etapa de su procedimiento, en cualquiera de cuyos casos no generará derecho alguno para los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnización por daños y perjuicios, con excepción de lo establecido en el artículo siguiente.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3827 de 2007-06-26 | Artículo 18 |