Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.365


Artículo D.365

A los efectos de la inscripción deberá presentarse:

Por el titular de la explotación:

a) Nota de solicitud dirigida a la Dirección de Higiene y Protección Ambiental de la IDM firmada por el propietario del predio, con certificación notarial de propiedad del inmueble y de firmas.

b) Plano de deslinde y croquis de ubicación (original con timbre profesional y una copia, ambas firmadas por Ingeniero Agrimensor y el titular solicitante).

c) Recibo de pago al día de la Contribución Inmobiliaria del padrón o padrones afectados a la extracción.

Por parte de la Empresa:

d) Su registro en el que presentará un "Programa de Operación" al inicio de las obras, detallando número de asunto o autorización otorgado por la DINAMIGE, caracterización geológica del material a extraer, máquinas y equipos a emplear, matrículas de los vehículos que transporten el material o la razón social y el RUT de fleteros contratados para esa actividad, volumen estimado del material a extraer y cronograma de operaciones.

e) Deberá detallarse un plan de manejo que contemple el retiro del material vegetal del predio y sus desechos, particularmente en cuanto a los tocones de gran porte. El mismo deberá contar con la aprobación de la Dirección General de Higiene y Protección Ambiental de la IDM.

f) Plan de cierre o abandono de la mina o de la zona de extracción, incluyendo las actividades de acondicionamiento del sitio que se considere necesario efectuar.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3921 de 2013-09-24 Artículo 5