Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.285


Artículo D.285

El Municipio reglamentará la eliminación paulatina de materiales no biodegradables en el envasado, comercialización y distribución de productos alimenticios.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3659 de 1992-09-18 Artículo 13