Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.274


Artículo D.274

El Municipio implantará a través de su acción y sus normas un Plan Municipal de Medio Ambiente, para conocimiento de las potencialidades, características y recursos de los medios físicos y biológicos, de diagnóstico de su utilización y de directrices para su mejor aprovechamiento en el proceso de desenvolvimiento económico y social.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3659 de 1992-09-18 Artículo 2