Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.231


Artículo D.231

Régimen de compensación especial para funcionarios con título de Psicólogos/as. Establécese que cuando los funcionarios/as del Cuerpo con Título Universitario de Licenciatura en Psicología  desarrollen, en casos puntuales, tareas inherentes a su profesión a favor de la Corporación, recibirán una compensación especial de un 20% del salario que perciba por el cargo que desempeñe, en el marco de lo dispuesto en el Art. 7 del Decreto 3777 de fecha 7 de mayo de 2003.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3883 de 2011-06-28 Artículo 12