Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.225


Artículo D.225

Entiéndese por "dedicación integral", los servicios que realicen fuera del horario normal de trabajo.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3487 de 1985-05-03 Artículo 2